Para la exportación e importación de productos en Nicaragua, es necesaria la incidencia de actores de instituciones gubernamentales quienes tienen un papel protagónico en la regulación de esta actividad, tales como: DGA, MEM, MINSA, CNRCST, VUCEN, IPSA, MARENA, INPESCA, y TELCOR. Con el propósito de brindar un servicio integrado, nuestro enfoque y servicios con soporte aduanero abarcan trámites y todas estas ramas y más.

  • Importación Definitiva: es el ingreso de mercancías procedentes del exterior para su uso o consumo definitivo en el territorio aduanero.

  • Exportación Definitiva: es la salida del territorio aduanero de mercancías nacionales o nacionalizadas para su uso o consumo definitivo en el exterior.

Exportación temporal para el perfeccionamiento pasivo.

Este regimen que permite la salida del territorio aduanero por un plazo determinado de mercancías nacionales o nacionalizadas, para ser sometidas en el exterior a las operaciones de transformación, elaboración, reparación u otras permitidas, con suspension en su caso, de los tributos a la exportación, para ser importadas bajo el tratamiento tributario y dentro del plazo establecido en el Reglamento.

Tránsito Aduanero

Es el régimen en virtud del cual las mercancías sujetas a control aduanero se transportan de una aduana a otra por cualquier medio, con suspensión total de los tributos respectivos. Estas mercancías quedarán bajo la custodia y responsabilidad del transportista, sin perjuicio de las responsabilidades de terceros.

Depósito de aduanas o deposito aduanero.

Este es el regimen mediante el cual, las mercancías son almacenadas por un plazo determinado, en un lugar habilitado al efecto, bajo potestad de la aduana, con suspensión de tributos que correspondan. Estas mercancías estarán bajo custodia, conservación y responsabilidad del depositario, siendo publico o privado.

Importación temporal con reexportación en el mismo estado.

Este regimen permite ingreso al territorio aduanero por un plazo determinado, con suspension de tributos a la importación, mercancías con un fin especifico, las que serán reexportadas dentro de ese plazo sin haber sufrido otra modificación.

Admisión temporal para el perfeccionamiento activo.

Este es el ingreso al territorio aduanero con suspensión a tributos a la importación, de mercancías procedentes del exterior, destinadas a ser reexportadas, después de someterse a un proceso de transformación, elaboración o reparación u otro legalmente autorizado. Tambien podrá importarse definitivamente un porcentaje de las mercancías sometidas al proceso de transformación, elaboración o reparación u otro autorizado bajo este regimen.

Exportación Temporal con reimportación en el mismo estado.

Este regimen aduanero mediante el cual, con suspensión del pago de tributos a la exportación en su caso, se permite la salida temporal del territorio aduanero, de mercancías nacionales o nacionalizadas, con un fin especifico y por un tiempo determinado, con la condición que sean reimportadas sin que hayan sufrido en el exterior ninguna transformación, elaboración o reparación.

Reimportación

Permite el ingreso al territorio aduanero de mercancías nacionales o nacionalizadas, que se exportaron definitivamente y que regresan en el mismo estado, con liberación de derechos e impuestos.

Reexportación

La reexportación consiste en la salida de plaza con destino al exterior del territorio aduanero nacional de mercaderías extranjeras que fueron introducidas a plaza en admisión temporaria.

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